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dc.contributorFacultad de Derechoes_ES
dc.contributor.authorÁlvarez Rodríguez, Aurelia 
dc.contributor.otherDerecho Internacional Privadoes_ES
dc.date2003-08
dc.date.accessioned2013-02-06T13:45:54Z
dc.date.available2013-02-06T13:45:54Z
dc.date.issued2013-02-06
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10612/2262
dc.description.abstractA los ecuatorianos que pretendan acceder por lugar habilitado -control fronterizo- al territorio español desde el día 3 de agosto de 2003 se les va a exigir un visado, aunque en la mayoría de los paises de la Unión Europea esta obligación ya se viene imponiendo desde el día 1 de junio de 2003. El motio de dicha exigencia surgió como consecuencia de la entrada en vigor del Reglamento CE núm. 453/2003 del Consejo, de 16 de marzo, por el que se modifica el Reglamento CE núm. 539/2001, por el que se establece la lista de terceros paises cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado al cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros paises cuyos nacionales están exentos de esa obligaciónes_ES
dc.languagespaes_ES
dc.subjectDerecho Internacional Privadoes_ES
dc.subject.otherEcuatorianoses_ES
dc.subject.otherVisadoes_ES
dc.subject.otherEspañaes_ES
dc.subject.otherCirculación de personases_ES
dc.titleA los ecuatorianos ya se les exige visado para acceder al territorio españoles_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/workingPaperes_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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