RT info:eu-repo/semantics/article T1 La libertad de los Estados para definir los parámetros de aceptación de la jurisdicción obligatoria de la Corte Internacional de Justicia. La sentencia de 21 de junio de 2000 en el asunto del Incidente Aéreo de 10 de agosto de 1999 (Pakistán c. India) A1 Escudero Espinosa, Juan Francisco A2 Derecho Internacional Publico y Relaciones Internacionales K1 Derecho Internacional Público K1 Corte Internacional de Justicia K1 Cláusula facultativa K1 Reservas K1 Pakistán K1 India AB En la controversia suscitada por el incidente aéreo del 10 de agosto de 1999 entre Pakistán y la India ante la Corte Internacional de Justicia fue invocada por la India la denominada reserva Commonwealth. En este estudio se analiza el discurso seguido por la Corte con la finalidad de poner de relieve la plena vigencia del carácter esencialmente convencional de las obligaciones contraídas por los Estados a la hora de delimitar la aceptación de la competencia de la misma Corte. En especial, se estudia la interpretación que se lleva a cabo del artículo 36.3 del Estatuto de la Corte en el sentido de que no constituye un elenco exhaustivo de las condiciones bajo las que pueden ser realizadas las reservas dejando una amplia libertad a los Estados para definir los parámetros de aceptación. Sin embargo, la validez de la incorporación de reservas a la aceptación de la jurisdicción de la Corte no significa que la controversia no sea justiciable atendiendo al Derecho internacional ni relega la obligación de los Estados de buscar de buena fe una solución PB Universidad de Navarra, Departamento de Derecho Internacional Público y Privado YR 2012 FD 2012-10-31 LK http://hdl.handle.net/10612/1972 UL http://hdl.handle.net/10612/1972 NO Anuario de Derecho Internacional, 2001, n.17 NO P. 395-442 DS BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León RD 27-abr-2024