RT info:eu-repo/semantics/bachelorThesis T1 La incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo = The permanent absolute disability derived from work accident A1 Fernández Castrillo, Silvia A2 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social K1 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social K1 Incapacidad laboral K1 Accidentes de trabajo AB La situación de incapacidad permanente absoluta que sufre un trabajador como consecuencia de sufrir un accidente de Trabajo, es una contingencia protegida por el Sistema de Seguridad Social en España, y se materializa mediante la concesión de prestaciones públicas mientras dure la situación de incapacidad laboral del sujeto. Para su reconocimiento es preciso, por una parte que la incapacidad haya sido declarada y por otra, que las lesiones sufridas le impidan prestar servicios por cuenta ajena con normalidad. Las dolencias padecidas tienen carácter de ser previsiblemente definitivas sin perjuicio de ser susceptibles de revisión, ya sea por mejoría o agravación de las mismas, o bien por error de diagnóstico. El resultado de los procedimientos de revisión en consecuencia puede dar lugar a una mejoría de la prestación anteriormente percibida, cuando se prod uce agravación de las dolencias, o por el contrario a una reducción o incluso supresión de la misma, por parte de la Entidad Gestora, cuando hay notable mejoría. El procedimiento de revisión de los grados de incapacidad tiene como finalidad evitar situaciones de protección favorecedoras o desfavorecedoras para el interesado, el cual se haya percibiendo una prestación por incapacidad que no le corresponde por no pertenecer al grado declarado. El proceso para la calificación de la incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo y la determinación del grado de la misma, es competencia del Instituto Nacional de Seguridad Social, que deberá dictar resolución en orden al reconocimiento o no del derecho a las prestaciones económicas por invalidez permanente. Es importante analizar la compatibilidad del trabajo con la percepción de la prestación por incapacidad permanente. Este tema resulta especialmente complejo, litigioso y conflictivo no hay unanimidad de pareceres en la doctrina y la jurisprudencia, pues aunque un sujeto haya sufrido un accidente de trabajo y presente una red ucción de la capacidad laboral que le afecte para cualquier oficio o profesión, siempre hay algún trabajo que se puede realizar y para el cual tiene capacidad o competencias. Por lo tanto, si una persona se encuentra en situación de incapacidad permanente y se encuentra percibiendo una prestación, el Tribunal concede la posibilidad de compatibilizar ésta situación con trabajos marginales, esporádicos o de poca entidad YR 2015 FD 2015-05-02 LK http://hdl.handle.net/10612/4257 UL http://hdl.handle.net/10612/4257 DS BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León RD 28-abr-2024