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dc.contributorFacultad de Derechoes_ES
dc.contributor.authorÁlvarez Rodríguez, Aurelia 
dc.contributor.otherDerecho Internacional Privadoes_ES
dc.date1996-03-27
dc.date.accessioned2013-02-20T12:12:09Z
dc.date.available2013-02-20T12:12:09Z
dc.date.issued2013-02-20
dc.identifier.citationCarta de España, 1996, marzo, n. 503es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10612/2311
dc.descriptionP. 27es_ES
dc.description.abstractParace claro que los beneficiarios indiscutibles de la no exigencia de la residencia legal en territorio español son los emigrantes y sus hijos. Pero esto se ensombrece a la hora de proceder a determinar quienes son considerados como emigrantes e hijos de emigrantes, ya que la actual legislación no delimita quienes son estas personas. Por ello antes de aplicar el beneficio debemos saber con claridad quienes son los beneficiarios.es_ES
dc.languagespaes_ES
dc.publisherMinisterio de Trabajo y Asuntos Socialeses_ES
dc.subjectDerecho Internacional Privadoes_ES
dc.subject.otherNacionalidades_ES
dc.subject.otherEspañaes_ES
dc.titleNueva regulación de la institución de la recuperación de la nacionalidad española (II): Supuestos especialeses_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_ES
dc.description.peerreviewedSIes_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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