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dc.contributorFacultad de Derechoes_ES
dc.contributor.authorÁlvarez Rodríguez, Aurelia 
dc.contributor.otherDerecho Internacional Privadoes_ES
dc.date1994-05-15
dc.date.accessioned2013-03-12T12:34:00Z
dc.date.available2013-03-12T12:34:00Z
dc.date.issued2013-03-12
dc.identifier.citationJornadas sobre Nacionalidad y Extranjería, 1994, Madrides_ES
dc.identifier.isbn848726297Xes_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10612/2384
dc.description.abstractLa normativa que regula la nacionalidad española tiene un doble origen, de un lado, hay que tener en cuenta las disposiciones elaboradas por el legislador español; y, de otro, hay que tener presentes las disposiciones de origen internacional que forman parte de nuestro Ordenamiento. Además al ser la nacionalidad un derecho fundamental de la persona, esta reglamentación se interpretará de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados internacionales ratificados por España que puedan tener incidencia en el Derecho de la nacionalidades_ES
dc.languagespaes_ES
dc.subjectDerecho Internacional Privadoes_ES
dc.subject.otherNacionalidades_ES
dc.subject.otherEspañaes_ES
dc.titlePérdida y recuperación de la nacionalidad españolaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/conferenceObjectes_ES
dc.type.otherinfo:eu-repo/semantics/conferenceObjectes_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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