2024-03-28T08:21:29Zhttp://buleria.unileon.es/oai/requestoai:buleria.unileon.es:10612/22902020-12-10T08:57:50Zcom_10612_17col_10612_18
2013-02-11T12:04:31Z
urn:hdl:10612/2290
El matrimonio consular
Álvarez Rodríguez, Aurelia
Derecho Internacional Privado
Derecho Internacional Privado
P. 23
El matrimonio en forma civil celebrado fuera de España es válido en varios supuestos: si se celebra con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración; si se celebra ante el funcionario diplomático o consular encargado del registro civil en el extranjero con arreglo a la ley española o que intervenga una autoridad consular distinta a la española si esa forma es una de las admitidas por la ley del lugar de celebración
2013-02-11T12:04:31Z
2013-02-11T12:04:31Z
2013-02-11
info:eu-repo/semantics/article
Carta de España, 1998, marzo, n. 526
http://hdl.handle.net/10612/2290
info:eu-repo/semantics/openAccess
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales