2024-03-29T12:49:48Zhttp://buleria.unileon.es/oai/requestoai:buleria.unileon.es:10612/134612023-02-13T14:35:08Zcom_10612_8428com_10612_374col_10612_13410
Trapero Barreales, María Anunciación
2021-12-15
El art. 25.2 CE dispone que las penas privativas de libertad estarán orientadas a la reinserción social del sujeto. La política penal y penitenciaria ha de ser diseñada tomando en consideración esta declaración constitucional. Esto significa que el legislador no puede introducir penas que sean incompatibles con la finalidad resocializadora. Además, de manera positiva, se ha de establecer un sistema de cumplimiento de la pena de prisión que sirva a la reinserción social del sujeto. En este comentario se van a mencionar los principales mecanismos encaminados a este objetivo: los facilitadores del contacto con el exterior durante el cumplimiento de la pena −los permisos ordinarios de salida−, de reducción del cumplimiento efectivo de la pena −tercer grado y libertad condicional− y el tratamiento penitenciario.
http://hdl.handle.net/10612/13461
es
Universidad de León
Los fines de la pena y el artículo 25.2 de la Constitución española = The aims punishment and article 25.2 of the Spanish Constitution
info:eu-repo/semantics/contributionToPeriodical
TEXT
BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
Hispana