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Quirós Hidalgo, José Gustavo
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Macias Fontanillo, Santiago
2015-07-31
Por poca imaginación que uno le ponga al título del presente trabajo, de su
simple lectura se desprende cual es el criterio de su autor sobre este espinoso tema. La
falta de una regulación adecuada y suficientemente prolija en detalles del accidente in
itinere ha provocado una absoluta inseguridad jurídica, e indefensión algunas veces, a
las partes, (porque tanto da que se sea demandante, como demandado) a la hora de
defender un procedimiento judicial sobre esta materia. La escueta definición del art.
115.2.a) de la Ley General de la Seguridad Social establece que “tendrán la
consideración de accidentes de trabajo:a) Los que sufra el trabajador al ir o al volver
del lugar de trabajo”.
Lo anterior constituye la única referencia legislativa que puede encontrarse en
todo el ordenamiento jurídico, lo que ha llevado a que este incidente laboral se haya
venido revisando y regulando por una amplia jurisprudencia que por mor de fallos
absolutamente contradictorios en situaciones parecidas, cuando no exactamente iguales,
ha generado un entramado de confusionismo legal que resulta imposible saber a priori si
se está hablando de una contingencia común, o de una contingencia profesional, con las
repercusiones que ello tiene para empresa y trabajador, tanto inmediatas, como la
propia prestación económica por incapacidad temporal, como futuras y más
transcendentes, como son las declaraciones posteriores de incapacidad permanente y las
indemnizaciones que se generen, o no, por incapacidad permanente o muerte.
La propia aparición del accidente in itinere, ya es de por si un tanto peculiar, no
olvidemos que el accidente de trabajo aparece con la Ley de accidentes de trabajo de
1900, pero el accidente in itinere, con carácter laboral y personalidad propia aparece por
una sentencia del Tribunal Supremo de 1 de julio de 1954, “al considerar que el
desplazamiento hasta y desde el trabajo constituye un acto necesario para la prestación
laboral”.
El objetivo de este trabajo es analizar por un lado la trayectoria historica del
accidente in itinere, analizar el confusionismo historico generado por la jurisprudencia y
terminar analizando las expectativas que se abren después de la reciente sentencia de la
Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2013 y el nuevo conflicto que
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se avecina con la misma, así como indicar modestamente, y desde la práctica del trabajo
diario aquello que este profesional entiende que sería necesario en esta materia.
http://hdl.handle.net/10612/4499
spa
Accidente "in itinere", tímida legislación, atrevida jurisprudencia, el antes y el después de la sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2013 = Accident "in itinere" timid legislation, daring jurisprudence, the before and after ot the sentence in Room Four of the Supreme Court of Justice, on december 26th 2013
info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
TEXT
BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
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