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dc
Álvarez Rodríguez, Aurelia
author
2013-04-10
Con frecuencia se ha sostenido que el vínculo de la nacionalidad presenta dos características esenciales, la de la exclusividad y la de la singularidad. En este sentido se manifiesta el Convenio sobre ciertas cuestiones relativas a los conflictos de leyes sobre nacionalidad, firmado en La Haya el 12 de abril de 1930. E indirectamente en el Preámbulo del Convenio del Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 9 de mayo de 1963, sobre la reducción de casos de pluralidad de nacionalidades, al recomendar a los Estados miembros en sus relaciones la puesta en marcha de una acción común para reducir en la medida de lo posible la doble nacionalidad.
Estudios de Derecho Europeo Privado / Juan María Díaz Fraile
848897308x
http://hdl.handle.net/10612/2470
M-30.190-1994
Derecho Internacional Privado
Binacionalidad en el Ordenamiento español y su repercusión en la Unión Europea