RT info:eu-repo/semantics/bookPart T1 Requisitos para la adopción de las diligencias preliminares A1 González Granda, Piedad A2 Derecho Procesal K1 Derecho K1 Derecho Procesal K1 Derecho Procesal K1 Derecho Público K1 Diligencias preliminares K1 56 Ciencias Jurídicas y Derecho K1 5605.07 Derecho Público AB [ES] Siguiendo la regulación prevista en la LECiv/2000/1881, pero con claras diferencias, mantiene la regulación vigente el sistema de exigencia de determinados requisitos destinados a evitar una injerencia injustificada y desproporcionada en la esfera de actuación del sujeto pasivo de las diligencias preliminares. Y así, tras establecer el art. 256 LECIV/2000 en el inicio de su apartado 1 que Todo juicio podrá prepararse mediante la práctica de las diligencias preliminares que relaciona en sus once ordinales, señala en su apartado 2 que “En la solicitud de diligencias preliminares se expresarán sus fundamentos, con referencia circunstanciada al asunto objeto del juicio que se quiera preparar”. Completando la regulación al efecto la triple limitación -para algunos doble, volveremos sobre este punto- derivada de la literalidad de lo dispuesto en el art. 258.1.1 LECiv/2000: “Si el Tribunal apreciare que la diligencia es adecuada a la finalidad que el solicitante persigue y que en la solicitud concurren justa causa e interés legítimo, accederá a la pretensión, fijando la caución que deba prestarse”. PB Thomson Reuters Aranzadi SN 978-84-1391-247-9 LK https://hdl.handle.net/10612/18226 UL https://hdl.handle.net/10612/18226 NO González Granda, P. (2021). Requisitos para la adopción de las diligencias preliminares. En J. García Marrero (ed.), Medidas cautelares y diligencias preliminares en el ámbito civil (pp. 713-754). Thomson Reuters Aranzadi. DS BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León RD 26-jun-2024