RT info:eu-repo/semantics/bookPart T1 Criterios de selección subjetiva de los trabajadores afectados por un despido colectivo A1 Castro Franco, Ana María A2 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social K1 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social K1 Trabajo K1 Convenio colectivo K1 Despido colectivo K1 Negociación colectiva K1 Periodo de consultas K1 Colectivos vulnerables K1 5605.08 Derecho Privado AB [ES] La selección de los trabajadores afectados por el despido colectivo debe respetar las reglas de prioridad de permanencia. Actualmente, los representantes de los trabajadores conforman el único colectivo protegido por el privilegio legal de permanencia –expresamente contemplado para los despidos colectivos– ex art. 51.5 ET. La decisión de selección de los trabajadores afectados por un despido colectivo es otra manifestación más del poder de dirección del empresario recogida en el art. 20 ET y, por consiguiente, se encuentra sujeta a límites. En el proceso de tramitación de un despido colectivo el art. 51.2 ET obliga al empresario a determinar los criterios tenidos en cuenta para la determinación de los trabajadores afectados por el despido. PB Ministerio de Trabajo y Economía Social. Subdirección General de Informes, Recursos y Publicaciones SN 978-84-8417-580-3 LK https://hdl.handle.net/10612/20904 UL https://hdl.handle.net/10612/20904 NO Castro Franco, A. M. (2021). Criterios de selección subjetiva de los trabajadores afectados por un despido colectivo. En M. Basterra Hernández, Reestructuraciones empresariales: Comunicaciones del XXXI Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. A Coruña, 27 y 28 de mayo de 2021 (pp. 593-612). Ministerio de Trabajo y Economía Social. Subdirección General de Informes Recursos y Publicaciones. https://libreriavirtual.trabajo.gob.es/libreriavirtual/detalle/WIYE0259BIS DS BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León RD Jul 6, 2024