RT info:eu-repo/semantics/bachelorThesis T1 Accidente "in itinere", tímida legislación, atrevida jurisprudencia, el antes y el después de la sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2013 = Accident "in itinere" timid legislation, daring jurisprudence, the before and after ot the sentence in Room Four of the Supreme Court of Justice, on december 26th 2013 A1 Macias Fontanillo, Santiago A2 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social K1 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social K1 Accidentes in itinere K1 Legislación AB Por poca imaginación que uno le ponga al título del presente trabajo, de susimple lectura se desprende cual es el criterio de su autor sobre este espinoso tema. Lafalta de una regulación adecuada y suficientemente prolija en detalles del accidente initinere ha provocado una absoluta inseguridad jurídica, e indefensión algunas veces, alas partes, (porque tanto da que se sea demandante, como demandado) a la hora dedefender un procedimiento judicial sobre esta materia. La escueta definición del art.115.2.a) de la Ley General de la Seguridad Social establece que “tendrán laconsideración de accidentes de trabajo:a) Los que sufra el trabajador al ir o al volverdel lugar de trabajo”.Lo anterior constituye la única referencia legislativa que puede encontrarse entodo el ordenamiento jurídico, lo que ha llevado a que este incidente laboral se hayavenido revisando y regulando por una amplia jurisprudencia que por mor de fallosabsolutamente contradictorios en situaciones parecidas, cuando no exactamente iguales,ha generado un entramado de confusionismo legal que resulta imposible saber a priori sise está hablando de una contingencia común, o de una contingencia profesional, con lasrepercusiones que ello tiene para empresa y trabajador, tanto inmediatas, como lapropia prestación económica por incapacidad temporal, como futuras y mástranscendentes, como son las declaraciones posteriores de incapacidad permanente y lasindemnizaciones que se generen, o no, por incapacidad permanente o muerte.La propia aparición del accidente in itinere, ya es de por si un tanto peculiar, noolvidemos que el accidente de trabajo aparece con la Ley de accidentes de trabajo de1900, pero el accidente in itinere, con carácter laboral y personalidad propia aparece poruna sentencia del Tribunal Supremo de 1 de julio de 1954, “al considerar que eldesplazamiento hasta y desde el trabajo constituye un acto necesario para la prestaciónlaboral”.El objetivo de este trabajo es analizar por un lado la trayectoria historica delaccidente in itinere, analizar el confusionismo historico generado por la jurisprudencia yterminar analizando las expectativas que se abren después de la reciente sentencia de laSala Cuarta del Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2013 y el nuevo conflicto que4se avecina con la misma, así como indicar modestamente, y desde la práctica del trabajodiario aquello que este profesional entiende que sería necesario en esta materia. YR 2015 FD 2015-07-31 LK http://hdl.handle.net/10612/4499 UL http://hdl.handle.net/10612/4499 DS BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León RD 21-may-2024