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Título
El matrimonio consular
Autor
Facultad/Centro
Área de conocimiento
Cita Bibliográfica
Carta de España, 1998, marzo, n. 526
Editorial
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Fecha
1998-03
Resumen
El matrimonio en forma civil celebrado fuera de España es válido en varios supuestos: si se celebra con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración; si se celebra ante el funcionario diplomático o consular encargado del registro civil en el extranjero con arreglo a la ley española o que intervenga una autoridad consular distinta a la española si esa forma es una de las admitidas por la ley del lugar de celebración
Materia
Palabras clave
Peer review
SI
URI
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